martes, 29 de diciembre de 2009

Informe Insurgente Nº 12 (15/12/09): ¡¡FELIZ AÑO NUEVO!!

Nuevamente y por última vez en este año desde Caracol Insurgente (en La Juntada de la Izquierda Independiente) proponemos contarles a los estudiantes lo que está ocurriendo en la oficina del 3º piso…
Los temas tratados fueron:
  1. Asignación de puntaje por adscripción en el REGLAMENTO PARA LA PROVISIÓN DE CARGOS DE AUXILIARES DOCENTES DEL DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ANTROPOLÓGICAS (Ayudantes de Segunda, Ayudantes de Primera y JTP)
  2. Reclamo del Profesor Quiroz por cambio de horarios.
  3. Publicación de Actas de Junta: Solicitud (Prof. Berón) de envío de Actas (vía e-mail) a los miembros de la Junta – Espacio en el Campus de Filo.
  4. Caso Luna (Registro de Aspirantes Antropología Biológica)
  5. Pedido de codirección (Diego Días Córdova).


  1. Asignación de puntaje por adscripción en el REGLAMENTO PARA LA PROVISIÓN DE CARGOS DE AUXILIARES DOCENTES DEL DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ANTROPOLÓGICAS (Ayudantes de Segunda, Ayudantes de Primera y JTP)


A partir del reclamo de un aspirante en el llamado de la materia Antropología Biológica (ver punto 4), el departamento decidió armar una comisión para la revisión del Reglamento interno para la provisión de cargos de auxiliares docentes. El objetivo inmediato fue modificar el puntaje que se la da al aspirante que alguna vez fue adscripto a la materia. Se propuso reemplazar los 20 puntos fijos por el otorgamiento de un puntaje relativo. Es decir, adhisionar un porcentaje de los puntos obtenidos en los antecedentes totales del aspirante.
Para tener en cuanta en la discusión: la comisión ensayó con casos reales y simulados otorgar un 20%, 25% y 30%. En los casos “reales”, solo se modificó el orden de mérito de los 4 primeros puestos con el 25%, quedando inalterado el primer lugar en todos los casos.


Aunque los representantes del claustro estudiantil por la mayoría veíamos conveniente el 30% (dado que consideramos que en la mayoría de las cátedras los estudiantes realizan un trabajo que excede lo estipulado para lo que se espera de un adscripto), aceptamos lo que pedía la mayoría (el 25%). En este sentido, lamentamos la ausencia del representante por la minoría estudiantil quien había manifestado tener argumentos de peso para aplicar un porcentaje mayor. 
La Junta Departamental resolvió por otro lado estimular la entrega de informes de desempeño por parte de los Adscriptos a las cátedras, con el fin de tener un documento que de cuenta del desempeño satisfactorio del estudiante/graduado. AHORA BIEN, SABEMOS QUE EL ESTUDIANTE/GRADUADO PUEDE LLEGAR A TENER PROBLEMAS CON LA CÁTEDRA… EN ESE CASO, EL JEFE DE CÁTEDRA DEBERÁ DETALLAR A LA JUNTA POR QUÉ NO APROBÓ SATISFACTORIAMENTE EL INFORME. Y SI NO LO HACE, ESTUDIANTE/ GRADUADO EN PROBLEMAS, DENUNCIALO CON TUS REPRESENTANTES!!!!
Las Dras Ratto y Berón (representante por Graduados y Profesores respectivamente) se ofrecieron para modificar el Reglamento (ver Anexo al final de este informe). ACLARAMOS QUE DEBERÁ SER DISCUTIDO A COMIENZO DE 2010 PARA SU APROBACIÓN FINAL.


  1. Reclamo del Profesor Quiroz por cambio de horarios.


El profesor de la Cátedra Antropología II (desdoblamiento que se da en el primer cuatrimestre, no cátedra paralela) denunció que se cambió  horario histórico (25 años) por razones políticas. Para los que no saben, Quiroz está peleado con Trinchero (Jefe de Cátedra), tal es así que hace unos años fueron a juicio… En fin, desde el Departamento se le pidió que enviara sus horarios y aparentemente no lo hizo, por eso la decisión de cambiarlos sin preguntarle.
Otro problema que planteó el Profesor Quiroz fue la necesidad de un ayudante más. Su pedido fue sistemáticamente rechazado dado que la Cátedra cuenta con un número de miembros suficiente. El problema es que la mayoría (casi todos salvo una JTP que se hace cargo de 2 prácticos) dictan la materia en el segundo cuatrimestre. De esta interna política la Junta se lavó bastante las manos y lo único que le sugirió a Quiroz fue que solicitara al Jefe de cátedra que algunos docentes dicten la materia en el cuatrimestre problemático.




  1. Publicación de Actas de Junta: Solicitud (Prof. Berón) de envío de Actas (vía e-mail) a los miembros de la Junta – Espacio en el Campus de Filo.


Aunque el Departamento afirmó que iba a hacer circular las actas (que firmamos debidamente todos al final de cada sesión) aún no tenemos noticias de ellas.


El espacio en el Campus aún no se ha concretado.  Seguimos esperando.


  1. Caso Luna (Registro de Aspirantes Antropología Biológica)


El Departamento realizará una respuesta formal ante el pedido del aspirante quien a comienzo de año solicitó la revisión del Registro de Aspirantes para un cargo de Ayudante de Primera. En la misma se hará constar los criterios que dispusieron los miembros de la comisión evaluadora.


  1. Pedido de dirección  de tesis de Licenciatura (Diego Días Córdova).


Se trata del pedido de una estudiante quien considera que este doctorando tiene las competencias necesarias para dirigirla en su licenciatura. Días Córdova no posee antecedentes docentes, pero a partir del cuatrimestre que viene tendrá un cargo de adjunto dado que dictará un seminario de grado en esta casa de estudios. La Junta no pudo consensuar una posición sobre el tema, dado que el rechazo se amparaba en diferencias teórico-metodológicas antes que capacidades para desempeñar dicho rol.


Aquí el final del informe. Agradecemos a todos los que se tomaron el tiempo de leernos durante este año. Esperamos encontrarlos el año que viene con pilas recargas y con anas de participar en las asambleas de nuestra querida carrera.

Anexo


REGLAMENTO PARA LA PROVISIÓN DE CARGOS DE AUXILIARES DOCENTES DEL DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ANTROPOLÓGICAS (Ayudantes de Segunda, Ayudantes de Primera y JTP)
Modificación aprobada por Junta Departamental el 15 de diciembre de 2009.


Sistema de designaciones (cuándo y cómo aplicar este Reglamento)
Sistema a) por licencias, defunciones y renuncias dentro del período de cursada; o
Sistema b) para cubrir licencias de más de un año, defunciones y renuncias fuera del período de cursada y creación de nuevos cargos, debiéndose realizar en tales casos un llamado a Registro de Aspirantes.


Sistema a) Aquellos casos que demanden una cobertura inmediata del cargo, so pena de poner en riesgo la cursada, ante las siguientes situaciones:


1.-  Solicitud de licencia del docente, debido a distintas causas posibles, por un período que no exceda un año.
2.- Defunción o renuncia del docente dentro del período de cursada de la materia (cuatrimestral o anual).
En tales casos el cargo se cubrirá por el término que demande la finalización  del período de cursada (cuatrimestral o anual) de la siguiente manera:


Para Ayudantes de Primera y de Segunda:
  • Por orden de mérito resultante del concurso regular para ese cargo dentro del lapso de un año de celebrado el mismo; si no lo hubiere
  • Por orden de mérito resultante del llamado a Registro de Aspirantes o concurso interno para ese cargo dentro del lapso de un año de celebrado el mismo; si no lo hubiere
  • El titular de la Cátedra realizará la selección dentro de los adscriptos de la misma, debiendo contar con el aval de la Junta departamental previa evaluación de los CV de los aspirantes; si no hubiere adscriptos
  • Designación a cargo del titular de la cátedra, con el aval de la Junta departamental previa evaluación del CV del aspirante.


Para Jefes de Trabajos Prácticos:
  • Por orden de mérito resultante del concurso regular para ese cargo dentro del lapso de un año de celebrado el mismo; si no lo hubiere
  • Por orden de mérito resultante del llamado a Registro de Aspirantes o concurso interno para ese cargo dentro del lapso de un año de celebrado el mismo; si no lo hubiere
  • El titular de la Cátedra realizará la selección dentro de los Ayudantes de primera de la Cátedra y solicitará su promoción a la Junta departamental, previa evaluación del CV del aspirante.
  • Si la Junta evaluara que no corresponde promover a ninguno de los ayudantes de la Cátedra, deberá procederse al llamando a Registro de Aspirantes para cubrir este cargo.


Sistema b) Se realizará un llamado a Registro de Aspirantes cuando deba cubrirse una vacante ante a las siguientes situaciones:
1.-  Solicitud de renovación de licencias anuales.
2.- Renuncia o deceso del docente a cargo, fuera del período de cursada de la materia (cuatrimestral o anual).
3.-  Finalización del período de cursada cubierto por el sistema a) (renuncias o decesos dentro de la cursada).
4.- Creación de nuevos cargos.
5.- Cuando la Junta evaluare que no corresponde  promover a JTP a ninguno de los Ayudantes de Primera de la Cátedra que solicita la promoción.


REGLAMENTO PARA LA PROVISIÓN DE CARGOS DE AUXILIARES DOCENTES DEL DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ANTROPOLÓGICAS
I - DEL LLAMADO REGISTRO DE ASPIRANTES
ARTICULO 1º.- La difusión del llamado a Registro de Aspirantes estará a cargo del Departamento de Ciencias Antropológicas. La convocatoria se expondrá en la cartelera del Departamento además de enviarse vía e-mail a  los docentes del mismo a los efectos de asegurar la mayor difusión del llamado. Se procederá a la inscripción de aspirantes durante el período que fije en cada caso la Junta Departamental. En el llamado se indicarán las fechas de iniciación y de terminación del período de inscripción así como la categoría del o de los cargos y la dedicación.


II - DE LAS CONDICIONES REQUERIDAS PARA PRESENTARSE A REGISTRO DE ASPIRANTES.


ARTICULO 2º.- La solicitud de inscripción será presentada en dos (2) ejemplares y el currículo vitae contendrá la información básica siguiente, organizada de la misma manera indefectiblemente:
1- Nombre y apellido del aspirante.
2- Lugar y fecha de nacimiento.
3- Número de Documento Nacional de Identidad u otro documento que legalmente lo reemplace.
6- Domicilio, teléfono y dirección de correo electrónico.
7- Mención pormenorizada y documentable de los siguientes elementos que constituirán los antecedentes a evaluar:
  1. títulos universitarios, con indicación de las fechas de expedición y de la facultad y universidad que los otorgó o en su defecto y para los cargos de ayudante de segunda certificado de materias aprobadas expedido por universidades nacionales
  2. antecedentes docentes en instituciones de la enseñanza polimodal/secundaria, terciaria o universitaria, indicando la institución, el período de ejercicio y la naturaleza de su designación,
  3. antecedentes de adscripción en cátedras de la Universidad de Buenos Aires u otras universidades nacionales
  4. publicaciones en revistas nacionales o internacionales, capítulos de libros o libros  (identificando si éstas fueron publicadas bajo referato y especificando autores, editorial o revista, el lugar y fecha de publicación, volumen, número y páginas)
  5. cursos de especialización y posgrado realizados, indicando institución, fecha, carga horaria y tipo de acreditación (cursado o aprobado con trabajo final).
  6. participaciones en congresos, jornadas u otras reuniones científicas (especificando el carácter de dicha participación: expositor o asistente)
  7. becas de investigación indicando institución que la otorgó, tema y período.
  8. participación en proyectos de investigación, indicando institución que lo acredita, carácter de la participación y período.
  9. participación en proyectos de extensión indicando institución que lo acredita, carácter de la participación y período.
  10. cargos que desempeñó o desempeña en la Administración Pública, en instituciones no gubernamentales, en la actividad privada, en el país o en el extranjero.
  11. formación de recursos humanos (indicando dirección, co-dirección de tesis, tesinas, becas de instituciones acreditadas, etc.).
  12. una síntesis de la actuación profesional y/o de extensión y transferencia universitarias y de los aportes efectuados en relación a los contenidos mínimos correspondientes a la asignatura cuyo cargo se concursa, que no exceda las dos páginas. 


En todos los casos se deberá mencionar el lugar y el lapso en el que se realizaron las actividades correspondientes.
8- Los aspirantes a ocupar un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos deberán presentar una propuesta de docencia y una propuesta de investigación si el cargo contara con dedicación exclusiva o semiexclusiva.  


ARTICULO 3º.- Para presentarse al registro el aspirante debe reunir las condiciones siguientes:
  1. tener menos de sesenta y cinco (65) años de edad a la fecha en que se inicia el período de inscripción,
  2. tener título universitario o en su defecto acreditar antecedentes excepcionales que lo suplan. La Junta departamental evaluará la pertinencia de dicha excepcionalidad.
  3. para el caso de ayudantes de segunda, tener el 75 % de las materias del Plan de Estudios de la carrera aprobadas.


III - DEL JURADO
ARTICULO 4º.- El Jurado estará constituido por una Comisión Evaluadora integrada por un miembro de cada claustro, que no necesariamente debe integrar la Junta departamental, designado por los consejeros de la Junta departamental, y el titular o profesor a cargo de la Cátedra que solicite el llamado a registro de aspirantes. Todos los integrantes del jurado tendrán voz y voto.
 
ARTÍCULO 5º.- Cada claustro designará su represente en la Comisión Evaluadora, teniendo en cuenta su experticia en los contenidos mínimos de la asignatura cuyo cargo se concursa. En el caso en que los consejeros de alguno de los claustros no alcanzaran un acuerdo respecto de la designación de su representante se procederá a  realizar una votación entre los miembros de ese claustro para elegir este representante entre los candidatos más votados.
 


IV- DE LA ACTUACIÓN DEL JURADO.
ARTICULO 6º.- El Departamento pondrá a disposición de la Comisión Evaluadora  todos los antecedentes y la documentación de los aspirantes, debiendo la misma expedirse dentro de los quince (15) días de haber recibido los antecedentes y la documentación.
ARTICULO 7º.- La Comisión Evaluadora podrá realizar una entrevista a los aspirantes cuando lo considere pertinente, debiendo estar presentes todos sus miembros en tal  instancia . En la entrevista se valorarán:
  1. la manera en que ha desarrollado, desarrolla y, eventualmente, desarrollará la enseñanza,
  2. sus puntos de vista sobre los temas básicos de su campo del conocimiento y la relación con los contenidos mínimos de la materia en que concursa,
  3. su conocimiento de la ubicación de la asignatura en el plan de estudios de la carrera,
  4. sus planes de investigación, extensión y/o transferencia (si correspondiere),
La entrevista a cada postulante se desarrollará durante un tiempo mínimo de 10 minutos y un máximo de 30 minutos. Se realizarán las mismas preguntas a todos los postulantes y estas deberán incorporarse al dictamen realizado.


ARTICULO 8º.- La Comisión Evaluadora examinará minuciosamente los antecedentes y las aptitudes de los aspirantes según el anexo I.
Los miembros de la Comisión Evaluadora podrán exigir que se presente copia de las publicaciones y de los trabajos realizados, así como otros elementos probatorios de los antecedentes, los que quedarán a resguardo en la unidad académica y serán devueltos a los aspirantes una vez realizado el proceso de selección.


ARTICULO 9º.- El dictamen de la Comisión Evaluadora, deberá fundarse de manera explícita y contendrá:
  1. la justificación debidamente fundada de las exclusiones de aspirantes
  2. la nómina de todos los aspirantes que presentaron antecedentes; la nómina de los aspirantes que por cualquier causa no se hayan presentado a la instancia de entrevista (si hubieran sido convocados para ello) y la nómina de los aspirantes que fueron entrevistados
  3. el detalle y la evaluación de:
     1- antecedentes  generales y específicos (ver artículo 2º) 
    2- entrevista personal (si la hubiera)
     3- propuesta de docencia y/o investigación si correspondiera
     (Ver Anexo I).
  1. el orden de méritos para el o los cargos, detalladamente fundado. La nómina será encabezada por el/los aspirantes propuestos para ocupar el/los cargos motivo del Registro de Aspirantes.


Si no existiera unanimidad, se elevará el pedido de promoción del aspirante que reúna más votos. En caso de empate en la votación de los miembros de la Comisión Evaluadora, definirá el Director del Departamento.


ARTÍCULO 10º.- El Departamento elevará a Consejo Directivo la propuesta de designación y anexará  el dictamen y el detalle de las actuaciones de la Junta.


ANEXO I - GRILLA DE EVALUACIÓN:
La Comisión Evaluadora realizará un primer orden de mérito, a partir de la evaluación de los antecedentes de todos los postulantes, debiendo fundamentar el porcentaje asignando a cada ítem de acuerdo a los indicado en la siguiente tabla:
Para ayudantes de primera y de segunda sobre un total de 100 puntos:
  1. 50 puntos de máximo para los antecedentes académicos generales.
  2. 30 puntos de máximo para los antecedentes específicos vinculados a los contenidos mínimos de la asignatura concursada.
  3. 25% sobre el puntaje total de antecedentes (académicos generales más específicos) para el caso que el postulante cuente con historial de adscripción en la Cátedra en que se concursa. El candidato que se encuentre dentro de esta situación deberá adjuntar a su presentación una copia del Informe de Actividades refrendado por el titular o responsable de la Cátedra en cuestión, el que fuera entregado al Departamento al finalizar los dos años de adscripción o período menor en el caso de su finalización por cualquier razón. Si el período de adscripción hubiese sido menor, la Comisión Evaluadora asignará el puntaje de manera proporcional.  El Departamento adjuntará un Certificado de Adscripción a la presentación de los postulantes que realizaron funciones como adscriptos con anterioridad a la fecha de vigencia de modificación del presente  Reglamento

Para Jefe de Trabajos Prácticos sobre un total de 100 puntos

  1. 40 puntos de máximo para los antecedentes académicos generales.
  2. 20 puntos de máximo para los antecedentes específicos vinculados a los contenidos mínimos de la asignatura concursada.
  3. 25% sobre el puntaje total de antecedentes (académicos generales más específicos) para el caso que el postulante cuente con historial de adscripción en la Cátedra en que se concursa. El candidato que se encuentre dentro de esta situación deberá adjuntar a su presentación una copia del Informe de Actividades refrendado por el titular o responsable de la Cátedra en cuestión, el que fuera entregado al Departamento al finalizar los dos años de adscripción o período menor en el caso de su finalización por cualquier razón. Si el período de adscripción hubiese sido menor, la Comisión Evaluadora asignará el puntaje de manera proporcional.  El Departamento adjuntará un Certificado de Adscripción a la presentación de los postulantes que realizaron funciones como adscriptos con anterioridad a la fecha de vigencia de modificación del presente Reglamento.
    1. 20 puntos de máximo para la propuesta de docencia y de investigación si esta última correspondiera

Entrevistas

A partir de este primer orden de mérito, la Comisión Evaluadora definirá la necesidad de realizar entrevistas. La cantidad de aspirantes a entrevistar quedará  a criterio de la comisión, pero éstos deberán ser siempre quienes encabezan el primer orden de mérito.
La entrevista permitirá  acumular como máximo 30 puntos sobre el total obtenido por la evaluación de los antecedentes. 
La Comisión Evaluadora elaborará el orden de mérito definitivo a partir de la suma de los puntajes asignados a los antecedentes y a la entrevista, si la hubiera. Todos los postulantes, independientemente de haber sido entrevistados, integrarán el orden de mérito resultante. Las exclusiones deberán ser debidamente fundamentadas.  

 

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