Compañer@s:
Acercamos a ustedes el vigente llamado a adscriptos de la cátedra de Literatura Argentina II (cátedra Saítta).
Acercamos a ustedes el vigente llamado a adscriptos de la cátedra de Literatura Argentina II (cátedra Saítta).
LLAMADO A ADSCRIPTOS PARA LITERATURA ARGENTINA II
Modo de presentación: cada postulante debe presentar a) un curriculum vitae completo (en el que figure la nómina de materias aprobadas), y b) un plan de investigación a realizarse durante el período que dure la adscripción (que no exceda las dos páginas de extensión), en el que conste una breve descripción del proyecto, sus hipótesis principales y la bibliografía inicial. Se solicita consignar en la carátula nombre y apellido del postulante, número de libreta universitaria, título del plan propuesto, dirección de correo electrónico y número de teléfono. En el mes de marzo de 2010, se realizarán entrevistas con los aspirantes seleccionados en base a sus antecedentes y plan de trabajo.
Modalidad y fecha de presentación: los interesados deberán enviar la información solicitada en un attach a litarg2@gmail.com, y presentar una copia, en sobre cerrado, en el Departamento de Letras, Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Buenos Aires, Puán 480, 3º piso, de lunes a viernes de 15 a 18 hs. La fecha de admisión de mails y solicitudes en papel será entre el 1 de noviembre y el 23 de diciembre de 2009.
Toda adscripción se rige por disposiciones reglamentarias generales y por criterios específicos de selección establecidos por las cátedras o los docentes que llaman a adscripción. A continuación se transcriben los tres artículos reglamentarios que tratan, respectivamente, sobre los requisitos de los postulantes, los criterios y modos de selección de sus presentaciones y las especificaciones sobre el informe final.
Del Reglamento de Adscripciones
ARTÍCULO 2º.- Podrán ser adscriptos los graduados de esta u otra universidad que deseen especializarse en el área vinculada a la cátedra o seminario, y los estudiantes que tengan aprobadas como mínimo el 50 % de las materias de su plan de estudios. También podrán incorporarse graduados de otras casas de nivel terciario no universitario. Esto no implica establecer un orden de prioridad. En todos los casos, el docente deberá requerirlo mediante pedido formal al Departamento.
ARTÍCULO 3º.- El docente o la cátedra fijará los criterios de selección para incorporar adscriptos y solicitará al Departamento correspondiente que publicite la convocatoria a adscripción por todas las vías disponibles. Se convocará a una entrevista del docente o la cátedra con los aspirantes, que será pública, y luego se asentará en el Departamento correspondiente el resultado de la misma y la nómina de adscriptos. Si se considera oportuno, el docente o la cátedra podrán solicitar y proponer que dos docentes del Departamento que reúnan los requisitos para dirigir adscriptos lo acompañen en la entrevista, los cuales serán designados por la Junta Departamental.
Si algún aspirante, dentro de las 72 horas de publicado el resultado en la cartelera del Departamento, solicita revisión de la selección, el docente o la cátedra deberá presentar una fundamentación dentro de los cinco días hábiles a partir del recurso. Si aún así no resulta satisfactoria la respuesta podrá reclamarse ante el Departamento y la Junta Departamental en un plazo no mayor a los quince días de producida la ampliación del docente.
ARTÍCULO 4º.- Al término de la adscripción, el profesor titular de la cátedra elevará un informe de la tarea realizada al Departamento, quién otorgará un certificado de adscripción con firma del director del Departamento y, de ser necesario, con firma del Decano a solicitud de interesado. En el Departamento respectivo se archivará copia del informe final de la tarea realizada por el adscripto.
minoría estudiantil en la junta departamental de Letras
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